IUSera
Registro digital 2017721 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. XCVIII/2018 (10a.) · Primera Sala

ACCIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE FIANZAS CONTRA EL SOLICITANTE, FIADO, CONTRAFIADOR Y OBLIGADO SOLIDARIO. EL ARTÍCULO 97, INCISO A), DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS ABROGADA QUE LA PREVÉ, NO VULNERA LOS PRINCIPIOS DE CERTEZA Y SEGURIDAD JURÍDICAS.

Constitucional y Amparo Financiero y Bancario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El precepto citado prevé que las instituciones de fianzas tendrán acción contra el solicitante, fiado, contrafiador y obligado solidario, antes de haber ellas pagado, para exigir que aquéllos garanticen por medio de prenda, hipoteca o fideicomiso, las cantidades por las que tenga o pueda tener responsabilidad la institución, con motivo de su fianza, cuando se les haya requerido judicial o extrajudicialmente el pago de alguna cantidad en virtud de la fianza otorgada. Ahora bien, dicho supuesto no queda al arbitrio de la institución de fianzas ni de la autoridad responsable, al estar expresa y c...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.