IUSera
Registro digital 2017678 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. LXXVII/2018 (10a.) · Segunda Sala

HIDROCARBUROS. LOS ARTÍCULOS DÉCIMO TERCERO TRANSITORIO Y 82 DE LA LEY RELATIVA, NO VIOLAN LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA, POR EL HECHO DE NO DEFINIR QUÉ ES LA "MAYOR PARTICIPACIÓN DE AGENTES ECONÓMICOS" Y EL "COSTO DE OPORTUNIDAD".

Constitucional y Amparo Energía y Minería
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que el principio de legalidad contenido en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no impone al legislador el deber de definir pormenorizadamente cada uno de los vocablos o palabras usados en el texto de la norma, pues ello haría interminable y exhaustiva la función legislativa; por el contrario, basta que la ley precise los elementos esenciales respecto de un deber y que la referencia a éstos sea lo suficientemente comprensible por cualquier persona, ya que así se genera seguridad jurídica en cuanto a...

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