IUSera
Registro digital 2017657 · Jurisprudencia · 10a. Época · (V Región)2o. J/3 (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.

OMISIÓN EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS PENITENCIARIOS. CONDICIONES LÓGICA Y LEGAL DE PROCEDIBILIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO, PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 110 A 114 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL.

Penal Salud Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Para que se actualice la existencia de la negativa u omisión en la prestación de servicios médicos penitenciarios, para efectos del juicio de amparo es indispensable que se desarrolle previamente el proceso de petición establecido en los artículos 110 al 114 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, ya que las condiciones lógica y legal de la omisión, radica en la mediación de una petición, para que las autoridades puedan ejercer sus atribuciones, mediante el instrumento legislativo especializado, estas condiciones son necesarias por razones de orden: a) lógico, ante la imposibilidad material e i...

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