ACUERDO DICTADO EN EL JUICIO AGRARIO QUE RESUELVE NO CALIFICAR DE LEGAL NI APROBAR EL CONVENIO CELEBRADO Y RATIFICADO POR LAS PARTES PARA CONCLUIRLO ANTICIPADAMENTE. CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN RECLAMABLE EN EL AMPARO INDIRECTO.
Texto de la tesis
Del artículo 107, fracción V, de la Ley de Amparo se advierte que los actos emitidos en juicio, para ser calificados como de imposible reparación, necesitan producir una afectación material a derechos sustantivos, es decir, sus consecuencias deben ser de tal gravedad, que impidan en forma actual el ejercicio de un derecho, y no únicamente que produzcan una lesión jurídica de naturaleza formal o adjetiva que no necesariamente llegará a trascender al resultado del fallo, además de que deben recaer sobre derechos cuyo significado rebase lo puramente procesal o procedimental, según se trate, al le...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.