IUSera
Registro digital 2017624 · Tesis aislada · 10a. Época · VIII.2o.P.A.8 P (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL OCTAVO CIRCUITO.

INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA. LA IMPOSICIÓN DE LA PRISIÓN AL SENTENCIADO EN UN GRADO INFERIOR A LA EQUIDISTANTE ENTRE LA MÍNIMA Y LA MEDIA, NO REQUIERE DE MAYOR FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN.

Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si bien en los casos en donde se imponga la pena privativa de libertad mínima, no se requiere de mayor motivación y fundamentación, lo cierto es que ello debe hacerse extensivo para cuando la pena de prisión impuesta es correlativa a la culpabilidad menor a la equidistante entre la mínima y la media, tal como si se hubiese impuesto la primera. Esto es así, porque en el juicio de amparo no debe obligarse a las autoridades responsables a imponer la pena mínima, a fin de cumplir con el derecho fundamental de legalidad, de acuerdo con la jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Jus...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.