IUSera
Registro digital 2017614 · Tesis aislada · 10a. Época · I.6o.P.109 P (10a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

CARPETA DE INVESTIGACIÓN. SI SE TRATA DE DELITOS COMETIDOS EN TERRITORIO NACIONAL RELACIONADOS CON VIOLACIONES GRAVES A DERECHOS FUNDAMENTALES DE MIGRANTES, EL MINISTERIO PÚBLICO DEBE DIGITALIZAR LAS ACTUACIONES QUE LA INTEGRAN, REALIZAR UN RESUMEN DEL ASUNTO, Y ENVIAR LA INFORMACIÓN POR LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS A LA EMBAJADA DE MÉXICO EN EL ESTADO RESPECTIVO, A FIN DE QUE LAS VÍCTIMAS EXTRANJERAS INDIRECTAS, DESDE EL PAÍS DONDE SE ENCUENTREN, PUEDAN CONSULTARLA PARA EJERCER SU DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA.

Penal Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Tratándose de víctimas indirectas de nacionalidad extranjera relacionadas con casos de violaciones graves a derechos fundamentales o delitos de lesa humanidad, tienen derecho a que los hechos sean efectivamente investigados por las autoridades estatales, para conocer la verdad de lo sucedido, esto es, para conocer si la víctima directa fue privada de su libertad, objeto de trata de personas o, en su caso, dónde se encuentran sus restos, por medio de la investigación y el esclarecimiento de los hechos; de manera que, aun cuando la víctima indirecta cuente con un asesor jurídico, el derecho de a...

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