REVISIÓN EN AMPARO INDIRECTO. EL DELEGADO DESIGNADO POR EL APODERADO GENERAL PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER DICHO RECURSO.
Texto de la tesis
De acuerdo con el artículo 9o., párrafos primero y tercero, de la Ley de Amparo, la potestad para representar a las autoridades responsables se confirió exclusivamente a los servidores públicos, y sólo puede derivar de las normas generales que les otorguen expresamente esa atribución. Por otro lado, quienes representen a las autoridades tienen conferidas diversas atribuciones para desarrollar su defensa, entre las que se encuentra la de señalar delegados que, a su vez, están facultados para interponer recursos. No obstante, cuando la representación se apoya en un instrumento diverso a una disp...
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