IUSera
Registro digital 2017542 · Tesis aislada · 10a. Época · I.12o.C.47 C (10a.) · DÉCIMO SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

EXTINCIÓN DE DOMINIO. LA MALA FE DEL PROPIETARIO DEL INMUEBLE UTILIZADO POR UN TERCERO PARA COMETER UN HECHO ILÍCITO, SE ACREDITA CON PRUEBA INDIRECTA DE PRESUNCIÓN.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Cuando no se atribuye participación directa en el hecho ilícito al propietario del bien inmueble, demandado en el juicio de origen, queda por demostrar el supuesto de que tuvo o debió tener conocimiento del hecho ilícito, para la procedencia de la acción de extinción de dominio. Ante la dificultad de la prueba directa, la idónea es la prueba indirecta que se configura en la presunción humana a partir de datos objetivos que derivan de todas las actuaciones. Por ello, es necesario identificar los elementos que, sin hacer prueba plena, adminiculados entre sí, permitirían generar indicios respecto...

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