AMPARO CONTRA LA NEGATIVA VERBAL A RECIBIR LA DOCUMENTACIÓN PARA INICIAR UN TRÁMITE ADMINISTRATIVO. SI EN SU INFORME JUSTIFICADO LA AUTORIDAD RESPONSABLE EXPRESA LAS RAZONES Y FUNDAMENTOS POR LOS QUE ACTUÓ DE ESA FORMA Y EL QUEJOSO LOS IMPUGNÓ DESDE SU DEMANDA, PROCEDE EL ESTUDIO DE FONDO DEL ASUNTO.
Texto de la tesis
Los artículos 117 y 124 de la Ley de Amparo, ambos en su último párrafo, establecen que, tratándose de asuntos del orden administrativo, excepcionalmente, en su informe justificado las autoridades deberán complementar la fundamentación y motivación que hubiesen omitido en la emisión del acto reclamado, en cuyo caso, el juzgador de amparo deberá dar vista al quejoso a fin de que amplíe su demanda, con lo cual queda integrada la litis. En ese contexto, si en el amparo se señala como acto reclamado la negativa verbal a recibir la documentación para iniciar un trámite administrativo, y en su infor...
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