IUSera
Registro digital 2017490 · Tesis aislada · 10a. Época · II.3o.A.199 A (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

CUERPO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL BANCARIA Y COMERCIAL DEL VALLE CUAUTITLÁN-TEXCOCO. ASPECTOS QUE DEBEN CONSIDERARSE PARA EL PAGO DE LA COMPENSACIÓN ÚNICA POR ANTIGÜEDAD A SU PERSONAL.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 36 del Manual de Seguridad Social del Cuerpo de Guardias de Seguridad Industrial, Bancaria y Comercial del Valle Cuautitlán-Texcoco establece que para el pago de la compensación única por antigüedad al personal de la corporación, a partir del quinto año efectivo y hasta el décimo noveno, se les liquidarán seis meses de haberes por cada cinco años de servicio efectivamente computados, pagaderos al cumplir la edad de sesenta años, después de haber aportado un mínimo de cinco años al fondo de pensiones, para lo cual deberá considerarse el último haber percibido. En consecuencia, para...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.