SECRETARIOS DE GUARDIA DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO. ESTÁN FACULTADOS PARA RECIBIR PROMOCIONES DE TÉRMINO EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES, COMO ES LA SOLICITUD DE VALIDACIÓN DEL CONVENIO SOBRE USO Y OCUPACIÓN SUPERFICIAL PARA LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS.
Texto de la tesis
En términos del artículo 105 de la Ley de Hidrocarburos, el convenio citado se presentará ante el Juez de Distrito en Materia Civil o el Tribunal Unitario Agrario competente, dentro de los treinta días naturales siguientes a su celebración. Por su parte, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 85/2017 (10a.), estableció que conforme al artículo 75 del reglamento de la ley indicada, la presentación de la promoción que contenga el convenio referido debe hacerse en dicho plazo, bajo pena que, de no hacerlo, el órgano jurisdiccional no podrá valida...
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