IUSera
Registro digital 2017463 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. LXXXVI/2018 (10a.) · Primera Sala

RENTA. EL ARTÍCULO 151, FRACCIÓN I, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014, CUMPLE CON LAS GRADAS DE IDONEIDAD Y NECESIDAD DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD GENÉRICA O DE RAZONABILIDAD.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El precepto citado al establecer los requisitos para deducir los gastos por honorarios médicos y dentales, así como los hospitalarios, cumple con el principio de razonabilidad o proporcionalidad genérica, pues del proceso legislativo que dio origen a la medida reclamada, se advierte que es idónea, ya que se estableció a efecto de identificar el pagador del gasto que se deduce y así otorgar mayor certeza de que las personas que las realizan son quienes efectuaron el gasto y que sean coincidentes, precisamente, con las erogaciones a que se refiere la ley (finalidad inmediata), lo que permitirá e...

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