LEY GENERAL DE VÍCTIMAS. ES APLICABLE EN LOS PROCEDIMIENTOS DE NATURALEZA PENAL, CON INDEPENDENCIA DEL SISTEMA PROCESAL QUE LOS RIJA.
Texto de la tesis
En términos del artículo 20, apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en consonancia con sus diversos numerales 1o., párrafo tercero y 17, así como por los tratados internacionales celebrados y ratificados por el Estado Mexicano, la Ley General de Víctimas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013, es de observancia en todo el territorio nacional. Además, dicha normativa previó efectos derogatorios respecto de todas las disposiciones legales que se opusieran a ella, sin perjuicio de la obligación prevista en su artículo séptimo trans...
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