IUSera
Registro digital 2017348 · Tesis aislada · 10a. Época · XXII.1o.A.C.4 K (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO.

INTERÉS LEGÍTIMO INDIVIDUAL O COLECTIVO EN EL AMPARO. SUS DIFERENCIAS EN MATERIA PROBATORIA PARA ACREDITARLO CUANDO SE IMPUGNAN LEYES AUTOAPLICATIVAS.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En materia de interés legítimo debe identificarse si el derecho que se defiende tiene reflejo en el derecho objetivo; si la intensidad de la afectación es en sentido amplio e indirecto y, finalmente, si la calidad con que se defiende el derecho es individual o colectiva, en tanto que esta última característica es determinante para establecer la flexibilidad en la carga de la prueba. Por ejemplo, en las tesis aisladas 1a. CCLXXXI/2014 (10a.) y 1a. CCLXXXII/2014 (10a.), la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que en materia de amparo contra leyes no se requiere ser...

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