INCONFORMIDAD. ES IMPROCEDENTE CUANDO EN EL JUICIO DE AMPARO NO SE CONCEDIÓ EL AMPARO, AUN CUANDO SE IMPUGNE EL ACUERDO QUE ORDENA ARCHIVAR EL ASUNTO.
Texto de la tesis
Si bien la última parte del artículo 201, fracción II, de la Ley de Amparo establece que el recurso de inconformidad procede en contra de la resolución que "...ordene el archivo definitivo del asunto", ello no puede interpretarse aisladamente para estimar procedente tal recurso contra esa resolución cuando la sentencia dictada en el juicio haya sido desestimatoria. Esto es así, pues tal disposición debe interpretarse sistemática y teleológicamente, a la luz de los artículos 107, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 192, 196 y el propio 201 de la Ley de Amp...
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