IUSera
Registro digital 2017330 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.3o.61 P (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

AUTO DE LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS. SI EN ÉL NO SE DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO EN EL PROCEDIMIENTO PENAL, NO REVISTE LAS CARACTERÍSTICAS DE UNA RESOLUCIÓN QUE PONE FIN AL JUICIO Y, POR TANTO, ES IMPUGNABLE EN EL AMPARO INDIRECTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUINTANA ROO ABROGADA).

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 170, fracción I, párrafo segundo, de la Ley de Amparo reconoce la legitimación activa de las víctimas u ofendidos de un delito para promover el juicio de amparo directo contra sentencias absolutorias condenatorias, y de sobreseimiento, las cuales tienen la naturaleza de resoluciones que ponen fin al juicio. Por su parte, el artículo 382 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Quintana Roo (actualmente abrogado), establece que la resolución favorable al acusado, en el incidente de desvanecimiento de datos, tiene los mismos efectos que el auto de libertad por falta de...

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