IUSera
Registro digital 2017324 · Tesis aislada · 10a. Época · I.18o.A.51 A (10a.) · DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

ORDEN DE EXPULSIÓN O DEPORTACIÓN. LA INMEDIATEZ EN SU EJECUCIÓN NO AUTORIZA SOSLAYAR EL DERECHO AL DEBIDO PROCESO MIGRATORIO.

Derechos Humanos Procesal y Justicia Seguridad Pública y Nacional
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Aun cuando la Ley General de Población –previo a la entrada en vigor de la Ley de Migración– disponga que las órdenes de expulsión son de orden público y su ejecución es inmediata, ello no significa que estén exentas del debido proceso y, mucho menos, que puedan ejecutarse sin observar los derechos de los extranjeros legalmente previstos, destacadamente, el relativo a ser puesto y seguir el procedimiento migratorio en libertad bajo custodia. En efecto, la circunstancia de que dicho ordenamiento prevea la posibilidad de permanecer en libertad bajo custodia mientras se resuelve el procedimiento...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.