ORDEN DE EXPULSIÓN O DEPORTACIÓN. LA INMEDIATEZ EN SU EJECUCIÓN NO AUTORIZA SOSLAYAR EL DERECHO AL DEBIDO PROCESO MIGRATORIO.
Texto de la tesis
Aun cuando la Ley General de Población –previo a la entrada en vigor de la Ley de Migración– disponga que las órdenes de expulsión son de orden público y su ejecución es inmediata, ello no significa que estén exentas del debido proceso y, mucho menos, que puedan ejecutarse sin observar los derechos de los extranjeros legalmente previstos, destacadamente, el relativo a ser puesto y seguir el procedimiento migratorio en libertad bajo custodia. En efecto, la circunstancia de que dicho ordenamiento prevea la posibilidad de permanecer en libertad bajo custodia mientras se resuelve el procedimiento...
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