ASEGURAMIENTO VOLUNTARIO AL RÉGIMEN OBLIGATORIO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. CORRESPONDE AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DEMOSTRAR LA MODALIDAD O ESQUEMA PACTADO CON LAS ENTIDADES PÚBLICAS ESTATALES, CUANDO UN ASEGURADO LE DEMANDE EL OTORGAMIENTO DE ALGUNA PRESTACIÓN Y AQUÉL LA NIEGUE, AL TENER A SU DISPOSICIÓN LOS CONVENIOS DE INCORPORACIÓN RESPECTIVOS.
Texto de la tesis
De los artículos 12, 13, fracción V, 14, 222, fracciones I y II, inciso d) y 232 de la Ley del Seguro Social, se advierte que el Instituto Mexicano del Seguro Social puede celebrar convenios para que los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y Municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social, sean motivo de aseguramiento al régimen obligatorio de esa institución, los cuales, entre otros requisitos, deben establecer las prestaciones que se otorgarán a los asegurados y sus modal...
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