IUSera
Registro digital 2017288 · Tesis aislada · 10a. Época · (XI Región)2o.2 K (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA DECIMOPRIMERA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN COATZACOALCOS, VERACRUZ.

VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO EN AMPARO INDIRECTO QUE ORIGINA SU REPOSICIÓN. LA ACTUALIZA LA OMISIÓN DEL JUEZ DE DISTRITO DE DAR VISTA AL QUEJOSO PARA QUE AMPLÍE SU DEMANDA, CUANDO RECLAMA LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO AL JUICIO Y LA AUTORIDAD RESPONSABLE LO NIEGA Y REMITE LAS CONSTANCIAS DE LA DILIGENCIA RELATIVA, SIEMPRE QUE ELLO HUBIERA TRASCENDIDO AL RESULTADO DEL FALLO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si bien la falta de emplazamiento y la diligencia relativa son actos estrechamente relacionados para efectos de su estudio en amparo, lo cierto es que su legalidad debe analizarse desde perspectivas diferentes, en tanto que, en el primer caso, basta con verificar su inexistencia o existencia, mientras que, en el segundo, dependerá de que satisfaga los requisitos y formalidades que prevea la ley de la materia. Bajo ese contexto, si en el amparo se reclama únicamente la omisión de ser emplazado a juicio y no la diligencia en sí misma, precisamente por el desconocimiento que aduce el quejoso, y l...

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