IUSera
Registro digital 2017242 · Tesis aislada · 10a. Época · I.7o.P.114 P (10a.) · SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

INMEDIATEZ PROCESAL EN MATERIA PENAL. ANTE LA RETRACTACIÓN DE UN TESTIGO, ESE PRINCIPIO NO OPERA EN AUTOMÁTICO, POR LO QUE PARA OTORGARLE A ÉSTA VALOR PROBATORIO Y, EN SU CASO, EFICACIA DEMOSTRATIVA, DEBEN SATISFACERSE LOS REQUISITOS QUE LE DAN SENTIDO.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme al principio de inmediatez procesal en materia penal, las primeras declaraciones prevalecen sobre las posteriores; sin embargo, esa preferencia sólo se actualiza cuando en las segundas se satisfacen los requisitos de verosimilitud, ausencia de coacción y existencia de otros medios de prueba que las corroboren. Así, ante la retractación de un testigo, ese principio no opera en automático, pues para otorgar valor probatorio y, en su caso, eficacia demostrativa a esa retractación, deben satisfacerse los requisitos que le dan sentido; para lo cual, es necesario que la autoridad señale el...

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