CITATORIO PARA QUE UNA PERSONA ACUDA A ENTREVISTARSE CON EL MINISTERIO PÚBLICO EN CALIDAD DE IMPUTADO, EMITIDO DENTRO DE LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN INICIAL. AL SER DESFORMALIZADA DICHA ETAPA DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO, ES INNECESARIO QUE AQUÉL EXPRESE EL NOMBRE DEL DENUNCIANTE EN LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN RESPECTIVA Y EL HECHO CON APARIENCIA DE DELITO PERSEGUIDO POR LA REPRESENTACIÓN SOCIAL.
Texto de la tesis
De conformidad con los artículos 91 y 92 del Código Nacional de Procedimientos Penales, cuando sea necesaria la presencia de una persona para la realización de un acto procesal, la autoridad que conoce del asunto deberá ordenar su citación mediante oficio, entre otros medios, cuando menos con cuarenta y ocho horas de anticipación a la celebración del acto, documento que deberá contener: I. La autoridad y el domicilio ante la que deberá presentarse; II. El día y hora en que debe comparecer; III. El objeto de la cita; IV. El procedimiento del que se deriva; V. La firma de la autoridad que la ord...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.