OMISIÓN NORMATIVA. NO SE ACTUALIZA POR EL HECHO DE QUE EL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES NO EMITA LAS NORMAS GENERALES NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBJETIVOS, AL TRATARSE DE UNA FACULTAD DISCRECIONAL Y NO DE UN MANDATO CONSTITUCIONAL EXPRESO.
Texto de la tesis
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 1359/2015, en sesión de 15 de noviembre de 2017, señaló que una omisión legislativa se presenta cuando exista un mandato constitucional que establezca de manera precisa el deber de legislar en determinado sentido y esa obligación haya sido incumplida total o parcialmente. Esto es, implica la existencia de un mandato puntual de jerarquía constitucional para que el órgano o los órganos legislativos expidan la normativa con base en la cual habrá de regularse una determinada situación, y de la que depen...
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