IUSera
Registro digital 2017195 · Tesis aislada · 10a. Época · XXII.P.A.29 P (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL. SI EL ACTO RECLAMADO ES LA NEGATIVA DEL JUEZ DE CONTROL DE AUTORIZAR UN ACTO DE INVESTIGACIÓN QUE INVOLUCRE SOMETER A UN EXAMEN PSICOLÓGICO A LA PRESUNTA VÍCTIMA MENOR DE EDAD DEL HECHO DELICTUOSO DE ABUSO SEXUAL Y VIOLENCIA FAMILIAR, DURANTE LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN COMPLEMENTARIA, ATENTO A QUE CONFORME AL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR DEBE IMPEDIRSE SU REVICTIMIZACIÓN, ES IMPROCEDENTE CONCEDER DICHA MEDIDA, INCLUSO PARA MANTENER LAS COSAS EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRAN.

Penal Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 61, fracción XVII, de la Ley de Amparo establece la posibilidad de suspender el procedimiento penal por lo que respecta al quejoso, cuando se reclamen violaciones a los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero no durante la etapa de investigación complementaria, sino una vez concluida la etapa intermedia y hasta que sea notificada la sentencia que recaiga al juicio de amparo pendiente. Por su parte, su artículo 129, fracción VIII, prevé la presunción legal de perjuicios al interés social y contravención al orden público cuando, de conceder...

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