IUSera
Registro digital 2017182 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. LXIV/2018 (10a.) · Segunda Sala

PUBLICACIÓN DE DATOS DE CONTRIBUYENTES QUE TENGAN A SU CARGO CRÉDITOS FISCALES DETERMINADOS Y EXIGIBLES, NO PAGADOS O GARANTIZADOS. EL ARTÍCULO 69, PÁRRAFOS PENÚLTIMO, FRACCIÓN II, Y ÚLTIMO, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN CONTIENE UN ACTO DE MOLESTIA RESPECTO DEL CUAL NO RIGE EL DERECHO DE AUDIENCIA PREVIA.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El precepto citado prevé la publicación de la lista de los contribuyentes que tengan a su cargo créditos fiscales determinados y exigibles, que no se encuentren pagados ni garantizados, lo cual constituye un acto de molestia en el que no rige el derecho de audiencia previa, ya que se trata de un supuesto de excepción a la reserva de información de los contribuyentes y que constituye un acto de información para las personas que celebran operaciones comerciales con aquéllos. Por tal motivo, su constitucionalidad deriva de que las formalidades que deben observarse para los actos de molestia se de...

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