IUSera
Registro digital 2017082 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 51/2018 (10a.) · Segunda Sala

RECURSO DE QUEJA. EL PLAZO PARA INTERPONERLO CONTRA EL AUTO EN EL QUE SE DECIDE SOBRE LA SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE UN LAUDO EN AMPARO DIRECTO ES DE 5 DÍAS, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 98, PRIMER PÁRRAFO, DE LA LEY DE AMPARO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El artículo 97 de la Ley de Amparo distingue entre los supuestos de procedencia del recurso de queja en amparo indirecto y en amparo directo; por su parte, el artículo 98 de la legislación citada fija para su interposición el plazo genérico de 5 días, salvo en los casos relativos a la suspensión de plano o provisional y a la omisión de tramitar la demanda de amparo, en los cuales será de 2 días hábiles y en cualquier tiempo, respectivamente. Así, de la interpretación sistemática de ambos preceptos, se concluye que el plazo excepcional de 2 días hábiles para interponer el recurso de queja es ap...

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