IUSera
Registro digital 2017064 · Tesis aislada · 10a. Época · VIII.1o.C.T.2 K (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL OCTAVO CIRCUITO.

INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIONES. CONTRA LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE ÉSTE, RESULTA IMPROCEDENTE PROMOVER OTRO.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 68 de la Ley de Amparo prevé la nulidad de las notificaciones practicadas antes o después de la sentencia definitiva, cuya finalidad es otorgar a la parte que se considere perjudicada con la forma y términos en que se realizó la notificación, la posibilidad de que se nulifique para generar la oportunidad de que la interesada promueva lo conducente en cuanto a la decisión notificada, esto es, ampliar la demanda, ofrecer pruebas, desahogar una prevención, cumplir con algún requerimiento o interponer los recursos legalmente procedentes; es decir, el referido incidente debe conllevar u...

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