REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. DICHO RECURSO ES IMPROCEDENTE CONTRA LA RESOLUCIÓN EN LA QUE EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO SE DECLARA INCOMPETENTE O DECLINA SU COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA DEMANDA EN LA QUE SE PLANTEA LA INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA NORMA GENERAL.
Texto de la tesis
Conforme a los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 81, fracción II, de la Ley de Amparo, así como 10, fracción III y 21, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la procedencia del recurso de revisión contra sentencias dictadas en juicios de amparo directo, está condicionada a que en éstas se decida sobre la constitucionalidad de normas generales o se establezca la interpretación directa de un precepto de la Constitución, o bien, se omita su estudio cuando se hubieren planteado en la demanda, siempre que el probl...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.