IUSera
Registro digital 2016982 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.C.23 K (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

COPIAS DE LA DEMANDA DE AMPARO. SU EXHIBICIÓN PARA SU TRASLADO A LAS PARTES, PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 110 Y 114 DE LA LEY DE AMPARO, NO CONSTITUYE UN FORMALISMO ABSURDO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La regla general de exhibir copias de la demanda de amparo para traslado a cada una de las partes, tiene como propósito que el juzgador pueda cumplir con sus atribuciones dentro del juicio relativo, de una manera correcta y funcional, a fin de proporcionar a las partes todos los elementos necesarios para su intervención en el juicio de amparo, como son, pedir los informes justificados a las autoridades responsables, emplazar al tercero o terceros interesados, dar la intervención correspondiente al agente del Ministerio Público y de integrar los cuadernos relativos al incidente de suspensión si...

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