COMPENSACIÓN POR FIDELIDAD DE LOS TRABAJADORES EN ACTIVO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. ESTA PRESTACIÓN EXTRALEGAL DEBE PAGARSE POR TODO EL TIEMPO QUE HAYAN PERMANECIDO SEPARADOS DE SU EMPLEO, Y SE LES REINSTALE CON MOTIVO DE HABER SIDO DESPEDIDOS INJUSTIFICADAMENTE (CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO BIENIO 2010-2012).
Texto de la tesis
De acuerdo con las cláusulas 30, párrafos segundo y tercero, 43, párrafo segundo y 81 del Contrato Colectivo de Trabajo, celebrado entre la Comisión Federal de Electricidad y el Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana, bienio 2010-2012, la compensación por fidelidad constituye una prestación que se otorga a los trabajadores en activo con base en el salario tabulado, a razón del 1% (uno por ciento) anual sobre dicho salario, por cada año completo de servicios, en reconocimiento a su antigüedad; no forma parte del salario para efectos indemnizatorios ni para compen...
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