IUSera
Registro digital 2016976 · Tesis aislada · 10a. Época · II.2o.C.18 C (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

AUDIENCIA ORAL EN CONTROVERSIAS SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR. LA VIDEOGRABACIÓN Y EL "ACTA MÍNIMA" ELABORADA, CONSTITUYEN UN SOLO ACTO DE AUTORIDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 5.27 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México establece la elaboración de un acta de audiencia, que en la práctica forense se denomina "acta mínima", la cual debe contener fecha, lugar, hora de inicio y término, nombre de los servidores públicos y personas que intervengan, la relación de los actos procesales celebrados y la mención sucinta de requerimientos, citaciones, apercibimientos y cualquier otro acto que el Juez considere necesario comunicar a las partes o terceros que no asistan, la cual será firmada por el Juez y el secretario. No obstante, esta "acta míni...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.