IUSera
Registro digital 2016968 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. XL/2018 (10a.) · Segunda Sala

SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL ESTADO DE QUERÉTARO. EL PÁRRAFO TERCERO DEL ARTÍCULO 188 DE LA LEY RELATIVA, VIGENTE HASTA EL 30 DE MAYO DE 2016, EN LA PORCIÓN NORMATIVA "SUSPENSIÓN", ES INCONSTITUCIONAL.

Constitucional y Amparo Seguridad Pública y Nacional
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Del precepto legal mencionado, se advierte que el legislador local equiparó el vocablo "suspensión" como una forma de terminación de la relación administrativa entre el Estado y el policía, por lo que en el supuesto de que una autoridad jurisdiccional o administrativa resuelva que fue injustificada, el funcionario tendrá derecho a recibir las contraprestaciones que dejó de percibir desde el momento en que se le desincorporó de la institución de seguridad pública. Ahora bien, dicho precepto, párrafo tercero, en la porción normativa "suspensión" es inconstitucional, por contrariar el artículo 12...

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