DEMANDA DE AMPARO. CÓMPUTO DEL PLAZO PARA PRESENTARLA CUANDO EL QUEJOSO COMPARECE A TOMAR FOTOGRAFÍAS DEL ACTO RECLAMADO ANTE UNA DIVERSA AUTORIDAD, INDEPENDIENTEMENTE DE LA FECHA EN LA QUE LA RESPONSABLE SE LO NOTIFICÓ.
Texto de la tesis
Conforme al artículo 18 de la Ley de Amparo, el plazo para presentar la demanda de amparo se contará desde el día siguiente al en que haya surtido efectos, conforme a la ley del acto, la notificación al quejoso de la resolución o acuerdo que reclame; al en que haya tenido conocimiento de ellos o de su ejecución, o al en que se haya ostentado sabedor de los referidos actos, bastando en este último caso que así lo exponga en la demanda para que, si no existe prueba en contrario, la fecha de su propio reconocimiento constituya el punto de partida para determinar la oportunidad de su escrito. Lo q...
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