IUSera
Registro digital 2016891 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. XLV/2018 (10a.) · Primera Sala

TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN. EL ARTÍCULO 253 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA NO VIOLA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.

Constitucional y Amparo Transporte y Comunicaciones
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo citado establece la obligación de los concesionarios que presten servicios de radiodifusión y de televisión de transmitir el himno nacional a las seis y veinticuatro horas, la cual no busca singularizar un punto de vista y beneficiarlo en el debate, sino exponer a los ciudadanos a un contenido muy específico: el himno nacional y la bandera nacional, sin que ello implique la obligación de transmitir una apología de estos símbolos patrios, sino simplemente mostrarlos a la población. Ciertamente, la exposición obligatoria de un material tiene incidencia en la libertad de un concesiona...

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