IUSera
Registro digital 2016819 · Tesis aislada · 10a. Época · I.9o.P.194 P (10a.) · NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

EXTRADICIÓN DE MENORES. AL SER UNA FIGURA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL, NO ESTÁ PROHIBIDA CONFORME AL RÉGIMEN DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES, APLICABLE CON MOTIVO DE LA ENTONCES LEY PARA EL TRATAMIENTO DE MENORES INFRACTORES PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA COMÚN Y PARA TODA LA REPÚBLICA EN MATERIA FEDERAL (ABROGADA).

Penal Seguridad Pública y Nacional
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

A partir de la reforma al artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016, se previó que, la Federación, los Estados y el entonces Distrito Federal (ahora Ciudad de México), establecerían en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia para los adolescentes, aplicable a quienes se atribuyera la comisión o participación en un hecho que la ley señalara como delito, y tuviera entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, ya que los menores de doce años que h...

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