SUSPENSIÓN EN EL AMPARO PROMOVIDO CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE CONTIENE CANTIDAD LÍQUIDA, EN EL INCIDENTE PREVISTO EN EL ARTÍCULO 156 DE LA LEY DE AMPARO. EL MONTO DE LA CAUCIÓN PARA GARANTIZAR LOS POSIBLES DAÑOS Y PERJUICIOS NO RELEVA NI SUSTITUYE LA EXIGENCIA FORMAL DE EXPRESAR LOS HECHOS QUE FUNDAN LA INDEMNIZACIÓN.
Texto de la tesis
El monto de la caución para garantizar los posibles daños y perjuicios tratándose de la suspensión en el amparo promovido contra la resolución que contiene cantidad líquida en el incidente previsto en el artículo citado, a razón del Índice Nacional de Precios al Consumidor (daños) y de la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (perjuicios), sobre ese monto, por el tiempo probable de resolución del juicio de amparo; no releva ni sustituye la exigencia formal de expresar los hechos que fundan la indemnización, ya que la garantía no constituye el monto cierto y preciso de ellos, pues se trat...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.