NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO QUE IMPONE UNA MULTA A LA AUTORIDAD POR INCUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE AMPARO. SURTE EFECTOS DESDE EL MOMENTO EN QUE SE EFECTÚA A LA PERSONA FÍSICA TITULAR DEL ENTE PÚBLICO RESPONSABLE.
Texto de la tesis
Acorde con el artículo 31, fracción I, de la Ley de Amparo, las notificaciones a las autoridades surten efectos desde el momento en que se practican. Por tanto, la notificación del acuerdo dictado por un Juez de Distrito en que impone una multa a la autoridad por incumplimiento a la sentencia de amparo, surte efectos desde que se efectúa a la persona física titular del ente público responsable, sin que pase inadvertido que el recurso de queja contra esa determinación lo puede interponer dicha persona física, al ser ésta quien tiene legitimación para impugnar la multa que se originó con motivo...
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