VIOLACIONES FORMALES HECHAS VALER EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. NO SON INVALIDANTES DE LOS ACTOS IMPUGNADOS CUANDO NO IRROGUEN PERJUICIO JURÍDICO ALGUNO AL PARTICULAR, POR HABERSE SUBSANADO O CONVALIDADO.
Texto de la tesis
De los artículos 50, párrafo segundo, y 51, fracciones II y III, y párrafo segundo, incisos a) a f), de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se advierte que, en atención al principio de presunción de legitimidad y conservación de los actos administrativos, cuando éstos se tilden de ilegales por haberse inobservado en su configuración aspectos formales, para declarar su nulidad es condición indispensable que la irregularidad aducida trascienda a la esfera de derechos del particular, dejándolo sin defensa, lo que doctrinalmente se conoce como la "teoría de las ilegalidades...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.