JUICIOS ORALES MERCANTILES. ANTE LA OMISIÓN DEL PROMOVENTE DE ACOMPAÑAR A SU ESCRITO INICIAL LOS DOCUMENTOS PREVISTOS EN LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 1061 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, EL JUEZ DEBE PREVENIRLO PARA QUE LOS EXHIBA, EN TÉRMINOS DEL DIVERSO NUMERAL 1390 BIS 12, EN ARAS DE SALVAGUARDAR EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA.
Texto de la tesis
De una interpretación armónica y sistemática de los numerales 1061, 1390 Bis 8, 1390 Bis 11, 1390 Bis 12 y 1390 Bis 13, todos del Código de Comercio, se advierte que en los procedimientos de oralidad mercantil es necesario acompañar al escrito inicial los documentos previstos en las fracciones I, II y V del artículo 1061 del código citado; por no preverse en el título especial relativo a los juicios mercantiles qué documentos son requeridos en estos procedimientos, ni contraponerse a dichas disposiciones especiales; además de ser estos documentos, presupuestos procesales que el legislador ha c...
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