Foto de KATRIN BOLOVTSOVA en Pexels
INTERÉS JURÍDICO EN EL AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO CONTRA EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE CONTROL DE CONFIANZA REALIZADO A UN ELEMENTO DE SEGURIDAD PÚBLICA. LO TIENE ÉSTE SI RESULTÓ "NO APROBADO" Y, POR ELLO, SE AFECTARON LOS DERECHOS O PRESTACIONES QUE DISFRUTABA, AUN CUANDO NO SE TRATE DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE SEPARACIÓN DEL CARGO.
Texto de la tesis
El artículo 61, fracción XII, de la Ley de Amparo establece que el juicio de amparo es improcedente contra actos que no afecten los intereses jurídicos o legítimos del quejoso. En ese sentido, ha sido criterio reiterado de los tribunales del Poder Judicial de la Federación que el proceso de evaluación de control de confianza realizado a un elemento de seguridad pública, por sí mismo, no afecta su esfera de derechos; sin embargo, vinculado al resultado "no aprobado" y a la materialización de un acto que, en vía de consecuencia, afecte los derechos o prestaciones que disfrutaba hasta antes de la...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.