RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA. ESTA FORMA DE PARTICIPACIÓN DEL IMPUTADO EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO, ES INCOMPATIBLE CON LA ACTUALIZACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES DE VENTAJA, CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 138, FRACCIÓN I, INCISOS B) Y D), DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.
Texto de la tesis
La agravante de ventaja en el delito de homicidio presupone la participación consciente de todos los activos, con plena voluntad en la causación del resultado material y basada en la puesta en práctica de un acuerdo previo, pues es la consciencia y utilización de esa superioridad que el o los activos tienen sobre el pasivo, lo que justifica que se aumente la pena a imponer. En ese sentido, dicha calificativa, en las modalidades previstas en el artículo 138, fracción I, incisos b) -cuando es superior por el número de los que intervengan con él- y d) -cuando éste se halla inerme y aquél armado-,...
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