IUSera
Registro digital 2016562 · Tesis aislada · 10a. Época · III.5o.A.58 A (10a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LAS FORMALIDADES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 22 DEL REGLAMENTO DE LA LEY RELATIVA (VIGENTE EN 2012), DEBEN OBSERVARSE ÚNICAMENTE EN EL SUPUESTO DE QUE LA ENAJENACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE SE HAGA CONSTAR EN ESCRITURA PÚBLICA.

Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De los artículos 1o., 4o. y 5o., fracciones II y III, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, se advierte que para el acreditamiento de esa contribución se requiere que: a) haya sido trasladada expresamente al contribuyente y que conste por separado en los comprobantes a los que se refiere la fracción III del artículo 32 del propio ordenamiento; y, b) el impuesto trasladado al contribuyente haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate. Por su parte, el artículo 22 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (vigente en 2012) establece que para efectos del artículo 5o....

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.