MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL. EL CITATORIO EMITIDO DENTRO DEL PROCESO DE JUSTICIA RESTAURATIVA PARA COMPARECER A LA ETAPA CONCILIATORIA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 5O., FRACCIÓN I, DE LA LEY DE AMPARO, NO CAUSA UNA AFECTACIÓN REAL Y ACTUAL EN LA ESFERA JURÍDICA DEL QUEJOSO PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL AMPARO.
Texto de la tesis
El juicio de amparo indirecto es improcedente, entre otros supuestos, contra los actos que no produzcan una afectación real y actual en la esfera jurídica del quejoso, en términos de la fracción I del artículo 5o., de la Ley de Amparo. En ese sentido, de los artículos 4, fracción I, 7, fracción IV, 10, último párrafo, 31 y 32 de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, se advierte el principio rector de voluntariedad, de acuerdo con el cual, la participación de los intervinientes debe ser por propia decisión, libre de toda coacción y no por obli...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.