IUSera
Registro digital 2016533 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.II.C. J/8 C (10a.) · PLENO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

VÍA ORAL MERCANTIL. PROCEDE AUN CUANDO LA ACCIÓN SE EJERCITA CON BASE EN UN CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE Y UN ESTADO DE CUENTA CERTIFICADO, QUE INTEGRAN TÍTULO EJECUTIVO MERCANTIL Y SE DEMANDA EL CUMPLIMIENTO FORZOSO DEL CONTRATO BASAL.

Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

La interpretación conjunta y sistemática de los artículos 1049, 1055, 1055 bis, 1377, 1390 bis, 1390 bis 1 del Código de Comercio, permite concluir que cuando la acción se funda en un contrato de apertura de crédito simple para la adquisición de bienes de consumo duradero y un estado de cuenta certificado, la vía procedente para su reclamo no es exclusivamente la vía ejecutiva mercantil, sino también la oral mercantil, atento a que los artículos 1055 y 1055 bis citados; facultan al accionante a elegir en qué vía ejercitará sus acciones, por lo que es procedente esta última, aun cuando los docu...

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