IUSera
Registro digital 2016478 · Tesis aislada · 10a. Época · I.11o.C.96 C (10a.) · DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

SEGUROS. LA INTERPELACIÓN DE PAGO HECHA A LA COMPAÑÍA ASEGURADORA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 2080 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, ES UN REQUERIMIENTO ANÁLOGO A LOS MEDIOS ORDINARIOS DE RECLAMACIÓN DE PAGO DEL SEGURO, APTO PARA INTERRUMPIR LA PRESCRIPCIÓN.

Civil y Familiar Financiero y Bancario
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Texto de la tesis

El artículo 81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro establece los plazos de prescripción de las acciones derivadas de la actualización de un siniestro. Por su parte, los artículos 84 de ese ordenamiento, 1041 del Código de Comercio, 50 Bis y 66 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros establecen las distintas formas que, en situaciones ordinarias, interrumpen el plazo de la prescripción de la acción para reclamar el pago de un seguro, siendo: 1. La presentación directa de la reclamación ante la institución aseguradora vía su unidad especializada; 2. La demanda u o...

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