IUSera
Registro digital 2016475 · Tesis aislada · 10a. Época · I.10o.P.19 P (10a.) · DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

RETROACTIVIDAD DE LA LEY EN BENEFICIO DEL INDICIADO. NO OPERA ESTE PRINCIPIO PARA EFECTOS DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL EN LOS DELITOS DE ABUSO DE CONFIANZA, FRAUDE Y ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA, PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 227, 230 Y 234, RESPECTIVAMENTE, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, SI SE PERSEGUÍAN DE OFICIO EN LA ÉPOCA DE LOS HECHOS.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con los principios de progresividad -relativo a que debe avanzarse en la protección de los derechos de las víctimas a fin de igualarlos a los del inculpado-, acceso a la justicia y equidad entre las partes, previstos en los artículos 1o., 17 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la retroactividad de la ley en beneficio del indiciado a que alude el artículo 14, párrafo segundo, de la Ley Fundamental, debe interpretarse armónica y sistemáticamente con los preceptos constitucionales aludidos en primer término; por tanto, las reglas de la prescripción par...

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