IUSera
Registro digital 2016467 · Tesis aislada · 10a. Época · (V Región)4o.1 A (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGION.

PENSIÓN POR ASCENDENCIA. EL ARTÍCULO 75, FRACCIÓN V, DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, VIGENTE HASTA EL 31 DE MARZO DE 2007, AL ESTABLECER COMO REQUISITO PARA SU OTORGAMIENTO QUE SE ACREDITE LA DEPENDENCIA ECONÓMICA CON EL TRABAJADOR O PENSIONISTA DURANTE LOS CINCO AÑOS ANTERIORES A SU MUERTE, ES INCONSTITUCIONAL.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis de jurisprudencia P./J. 150/2008, declaró inconstitucional el artículo 136 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado vigente, por prever como un motivo de impedimento para la concesión de la pensión de viudez, que la muerte del trabajador o pensionado suceda antes de cumplir 6 meses de matrimonio o un año, cuando a la celebración de éste, el trabajador fallecido tuviese más de 55 años o cuente con una pensión de riesgos de trabajo o invalidez; requisito de temporalidad que se consi...

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