ASEGURAMIENTO DE INMUEBLES EMANADO DE LA INVESTIGACIÓN DE DELITOS. ES ILEGAL FIJAR GARANTÍA PARA QUE SURTA EFECTOS LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO PROMOVIDO EN SU CONTRA, SI NO EXISTE AFECTACIÓN A TERCEROS NI A LA LIBERTAD PERSONAL.
Texto de la tesis
Si se trata de la suspensión respecto de actos que no se encuentran vinculados con afectaciones a la libertad personal, provenientes de la investigación de delitos, sino cuando recaiga en el aseguramiento sobre un bien inmueble, no existe normativa que prevea que debe fijarse garantía para que surta efectos la suspensión concedida para que las cosas se mantengan en el estado que guardan y el bien no se transmita a terceros, ya que de exigirse, ésta sería ilegal, pues con esa determinación no se causarían daños y perjuicios a terceros que mediante una garantía pudieran resarcirse. SEGUNDO TRIBU...
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