IUSera
Registro digital 2016369 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.C.91 C (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

ACTA ELABORADA POR CORREDOR PÚBLICO. AUN CUANDO EN ÉSTA NO HUBIERAN ESTAMPADO SU FIRMA LAS PERSONAS QUE INTERVINIERON O LA HUELLA DE QUIEN NO SABÍA O NO PODÍA FIRMAR, DICHA ACTUACIÓN CUMPLE CON EL REQUISITO DE VALIDEZ PREVISTO EN EL ARTÍCULO 35 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE CORREDURÍA PÚBLICA.

Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Del análisis sistemático de los preceptos 19, fracción IX, de la Ley Federal de Correduría Pública y 35 de su Reglamento, se colige que si bien es cierto que el primer artículo refiere que en las actas levantadas por el corredor público, se deberá hacer constar que las partes firmaron de conformidad el instrumento o, en su caso, que no lo firmaron por haber declarado no saber o no poder hacerlo, en cuyo caso firmará la persona que elija, sin que lo pueda hacer el corredor, y que la persona que no firme deberá estampar su huella digital; no menos lo es que, atento al numeral 35 del reglamento c...

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