TRABAJADORES DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE. SU SEPARACIÓN DEL SERVICIO DECRETADA CONFORME A LOS ARTÍCULOS 75 Y 76 DE LA LEY GENERAL RELATIVA ES LEGAL, AL CONSTITUIR ÉSTA UNA LEY ESPECIAL QUE DEBE APLICARSE POR ENCIMA DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.
Texto de la tesis
Si bien la relación laboral del personal docente que presta sus servicios a la Secretaría de Educación Pública, tradicionalmente se encontraba regulada por el apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus leyes reglamentarias, lo cierto es que dicha situación se modificó a partir de la reforma al artículo 3o., fracciones II y III, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2013. De este modo, es a partir del propio texto constitucional de donde se concluye que la relación laboral de los docentes no se rige exclusivamente...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.