IUSera
Registro digital 2016350 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.T.51 L (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

TRABAJADORES DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE. SU SEPARACIÓN DEL SERVICIO DECRETADA CONFORME A LOS ARTÍCULOS 75 Y 76 DE LA LEY GENERAL RELATIVA ES LEGAL, AL CONSTITUIR ÉSTA UNA LEY ESPECIAL QUE DEBE APLICARSE POR ENCIMA DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

Laboral y Seguridad Social Educación, Cultura y Deporte
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Texto de la tesis

Si bien la relación laboral del personal docente que presta sus servicios a la Secretaría de Educación Pública, tradicionalmente se encontraba regulada por el apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus leyes reglamentarias, lo cierto es que dicha situación se modificó a partir de la reforma al artículo 3o., fracciones II y III, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2013. De este modo, es a partir del propio texto constitucional de donde se concluye que la relación laboral de los docentes no se rige exclusivamente...

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