SEDICIÓN EN SU HIPÓTESIS DE RESISTENCIA. DADO QUE ESTE DELITO SUPONE EL CHOQUE DE FUERZAS, LA DE LOS PARTICULARES CONTRA LA DE LAS AUTORIDADES DEL ESTADO, SU CONFIGURACIÓN EN UN RÉGIMEN DEMOCRÁTICO SUPONE PONDERAR LA RACIONALIDAD E INTENSIDAD DE CADA UNA, A FIN DE NO CRIMINALIZAR EL EJERCICIO DE LAS LIBERTADES PÚBLICAS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO).
Texto de la tesis
Conforme al artículo 247 del Código Penal para el Estado de Querétaro, cometen el delito de sedición, quienes reunidos de forma tumultuaria sin armas, resistan o ataquen a la autoridad con el objeto de impedir el libre ejercicio de sus funciones con alguna de las finalidades a que se refiere el artículo 249 del mismo código, a saber, separar de su cargo a algún servidor público estatal o municipal o impedir el desempeño de éste, o sustraer de la obediencia del gobierno toda o una parte de alguna población del Estado, entre otras. Ahora bien, el elemento resistencia a la autoridad se traduce en...
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